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21 Ten por seguro que yo te enviaré mi bendición en el sexto año, de modo que la tierra producirá una cosecha abundante, suficiente para tres años. 22 Cuando siembres tus campos en el octavo año, todavía estarás comiendo de la abundante cosecha del sexto año. De hecho, aún estarás comiendo de la abundante cosecha cuando recojas la nueva cosecha en el noveno año.

Rescate de propiedades

23 »La tierra no debe venderse a perpetuidad, porque la tierra es mía. Tú solamente eres un extranjero y un arrendatario que trabaja para mí.

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